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¿Denegación de embarque? ¿Cancelación? ¿Tiempo de retraso? ¿Equipaje perdido?
Viajar en avión ha despegado significativamente desde la década de 1990. Sin embargo, este rápido crecimiento ha llevado también a algunos inconvenientes, que han afectado a menudo pasajeros.
Ante estos acontecimientos, la Unión Europea ha estado trabajando desde 1991 para garantizar los derechos básicos para todos los pasajeros mediante el desarrollo de la legislación de la UE para aplicar en todos los países de Unión Europea,
En febrero de 2005, Reglamento CE 261 / 2004 entró en vigor. El presente Reglamento establece normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros en situaciones de aire. Esta legislación se aplica a los pasajeros que salgan de los aeropuertos situados en el territorio de un Estado miembro y a todos los que lleguen.,, en esos aeropuertos desde un tercer país donde el vuelo es operado por una compañía de EU.
Sus derechos cuando viajen por aire incluyen:
-el derecho a la información;
-el derecho a reembolso o transporte alternativo si su vuelo se cancela o son denegación de embarque; el derecho a un reembolso si su vuelo se retrasa por cinco horas o más;
-el derecho a la asistencia y, en determinadas circunstancias, el derecho a una indemnización en caso de retraso, cancelación o denegación de embarque;
-el derecho a quejarse y tengan acceso a medios de reparación; el derecho a viajar en el mismo las condiciones como otros ciudadanos si tiene una discapacidad o una movilidad reducida.
Legislación europea estipula también quién es el responsable en el caso de un retraso, muerte, lesión o incorrectamente equipaje para que siempre obtendrá lo que usted tiene derecho a.
RESUMEN DE LOS DERECHOS DE LOS PASAJEROS DE AIR
Personas con discapacidad y las personas con movilidad reducida
En virtud de la legislación de la UE personas con discapacidad o movilidad reducida están protegidas de ser discriminado durante la reserva y embarque. También tienen derecho a recibir asistencia en los aeropuertos (a la salida, a la llegada y en tránsito] y a bordo de aviones. A fin de facilitar la prestación de asistencia, se recomienda que impondría sus necesidades.
Denegación de embarque
Cuando los pasajeros se les niega el embarque en un vuelo, aerolíneas están obligados a primero buscan voluntarios para renunciar a sus reservas a cambio de determinados beneficios. Además, la compañía aérea debe también ofrecer voluntarios la posibilidad de elegir entre una completa restitución y transporte alternativo.
Usted puede tener derecho a una indemnización de entre €125 y 600 euros dependiendo de la distancia del vuelo y los retrasos experimentados antes de ser obedecían. Donde voluntarios elegir transporte alternativo, la aerolínea también debe proporcionar ayuda si es necesario, por ejemplo, alimentos, acceso a un teléfono, una una o varias noches si es necesario y transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento.
Cancelación
También tienen derecho a una indemnización idéntica a la ofrecida cuando es denegación de embarque, a menos que informaron de la cancelación en menos días u antes del vuelo, o se vuelve a enrutar cerca a su tiempo original, o si la compañía aérea puede probar que la cancelación fue causada por circunstancias extraordinarias. Además la aerolínea deberá ofrecerle la posibilidad de elegir entre
Más información en ec.europa.eu/passenger-rights
Tel.: 8006789 00 10 11
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